Nuevo Estado de Calamidad: Nuevas restricciones en Guatemala publicadas en el Diario Oficial
Gobierno de Guatemala emite nuevas disposiciones dentro del estado de Calamidad que decretó con el objetivo de minimizar el impacto del covid-19 en el país.
El Gobierno de Guatemala publicó este viernes 3 de septiembre, en el Diario de Centro América, el Decreto Gubernativo 8-2021 en el que decreta estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional debido a la emergencia de salud pública que ha generado la pandemia del coronavirus y sus variantes y también emitió nuevas restricciones para la población.
La noche del jueves el presidente Alejandro Giammattei se dirigió al país en una cadena nacional y confirmó que decretarían dicho estado de Calamidad y anunció las nuevas disposiciones.
También solicitó al Congreso de la República que convoque a reunión, conozca, ratifique, modifique o impruebe el presente decreto gubernativo, pero hizo un llamado para que este sea ratificado en beneficio de la población.
¿Cuándo entran en vigor las nuevas restricciones?
Las nuevas disposiciones presidenciales entrarán en vigor y son aplicables a partir de este viernes 3 de septiembre hasta el viernes 1 de octubre de 2021 a las 24 horas, salvo modificaciones o reformas.
Limitaciones de locomoción (toque de queda)
Se limita por razones de salud pública la libertad de locomoción entre las 20 horas y las 4 horas del día siguiente.
Durante ese horario los habitantes del país deberán permanecer en su lugar de residencia (morada, hogar, vivienda, casa, apartamento o similar).
Esta restricción incluye el tránsito y la circulación de personas, tripulación, pasajeros, vehículos de todo tipo de transporte terrestre particular y de pasajeros.
Esta restricción de movilidad estará vigente del sábado 4 de septiembre de 2021 a las 20 horas, al viernes 1 de octubre de 2021 a las 24 horas, en todo el territorio, salvo necesidad de reformar.
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